jueves, 1 de marzo de 2012

Cómo elegir un local. 1ª Parte: Por dónde empezar

Hoy más que nunca el mundo laboral está en manos de los emprendedores.  No en vano, las distintas administraciones autonómicas han aprobado decretos de medidas urgentes de apoyo a la iniciativa empresarial, microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYMES).


Entre estas medidas se encuentran las llamadas “licencias express”, cuyos requisitos varían, una vez más, de una comunidad autónoma a otra, pero básicamente podemos decir que, para negocios sin riesgos, es suficiente con:
-         Una declaración del titular (comprometiéndose a cumplir la normativa).
-         Un informe de un técnico (asegurando que se cumplen las condiciones normativas exigidas para esa actividad).
-         El pago de unas tasas.


-         Estoy convencido: he decidido hacerme autónomo y montar un pequeño negocio. ¿Por dónde empiezo?

1.     Lo que más fácil resulta es iniciar una búsqueda de información en internet:
-         http://www.eugo.es/

2.     En segundo lugar la recomendación pasa por acudir a distintos profesionales:
ü  Para acertar con la implantación de la idea que se está concibiendo, lo ideal es dejarse asesorar por una consultora de PYMES, que ayude a definir una estrategia empresarial; a establecer un posicionamiento en redes sociales y a desarrollar una política de recursos humanos.
ü  En cuanto a la gestión y tramitación de las obligaciones fiscales os convendrá acudir a una asesoría laboral, a no ser que ya contéis con ayuda para ello.
ü  Finalmente, para la obtención de la licencia de actividad para el establecimiento comercial elegido, inevitablemente, necesitaréis acudir a un profesional técnico (ingeniero, ingeniero técnico, arquitecto o arquitecto técnico), que será quien redacte la documentación técnica exigida.


-         ¿Y quien me ayuda a elegir el local más adecuado?

En la mayoría de los casos, acertar con el local (tanto con su ubicación, como con el espacio idóneo para el desarrollo de tu negocio) es la clave para llegar a vuestro público.  Las franquicias, por ejemplo, lo saben muy bien y éstos son dos de los factores que analizan muy bien antes de ceder su marca a un emprendedor.


            Hoy vamos a estudiar la idoneidad de un local desde el punto de vista de la ingeniería.

Lo que pretendo son tres cosas:

1)     Recordaros que las facilidades para la concesión de licencias, que dan las Administraciones, no eximen del cumplimiento de la normativa de aplicación.

2)     Informaros de que esta normativa es muy extensa y además puede variar entre comunidades autónomas y municipios; y por tanto,  aconsejaros que acudáis a un técnico antes de instalaros en un bajo comercial, o un piso.  (Incluso también si no vais a hacer obra en él, para evitar que por alguna exigencia técnica vuestra inversión termine quedando desaprovechada.  Por ejemplo, puede ser que, o bien el lugar acabe necesitando modificaciones, o que no sea apto para la actividad que estáis pensando).

3)     Por último, insistiros en la idea de que la licencia de actividad es válida para una actividad determinada en un local determinado; con las condiciones descritas en el informe o proyecto por el cual se otorgó la misma.
Si se dejan de cumplir estas condiciones, lo peor que puede pasar no es sólo que expedienten al titular hasta que realice las modificaciones, sino que llegue a suceder un incendio o se causen daños personales.

  

Hablemos de ingeniería optimista para orientar a los emprendedores en la elección de su local comercial.

-         ¿QUÉ SUPERFICIE NECESITARÉ?

1.     Para un primer tanteo, antes de alquilar o comprar un bajo o piso comercial, es suficiente con buscar una superficie similar a la de otros negocios en funcionamiento que se parezcan al que se pretende instalar.

2.     Otra recomendación sería que, además, hicieseis un pequeño estudio o previsión con las necesidades físicas que va a demandar vuestra actividad. 
o    Por ejemplo, si es un bar, cuántas mesas se necesita ocupar para que la inversión resulte rentable.
o    Si es una zapatería, cuántos metros lineales de estantería se necesitarían para exponer el producto.
o    ¿Habrá que contar con un almacén?


·            Os cuento: Los técnicos adaptamos la aplicación de las normativas a la información que nos aporta el cliente sobre las necesidades de su negocio, pero las condiciones técnicas son tantas y tan variadas que el resultado casi nunca es el que el que el éste esperaba, sobre todo cuando las dimensiones del local son ajustadas.  Ejemplos reales:

      “No sabía que debía dejar un almacén para parte de la producción de pan ¡si voy cociendo conforme voy vendiendo!”
·         (Caso frecuente en pequeñas tiendas 24 h que elaboran y venden pan caliente).
      “No contaba con dejar un pasillo de acceso a los aseos”
·         (Caso frecuente en pequeños bares).
      “Sólo has dibujado 2 pasillos entre estanterías ¡pero si caben 3!”
·         (Sí, pero debemos cumplir la normativa que garantiza la accesibilidad a cualquier persona: minusválido o persona con carrito de bebé o de la compra).
      “¿Cómo pones un vestuario con ducha en mi boutique?”
·         (Si les vas a exigir a los empleados que vistan de uniforme, estás obligado a ello).

·            Ojo, no porque hayamos visto algo parecido en otro local, podemos incluir esa solución o idea en el nuestro.  Hay situaciones que son legales porque se consolidaron con anterioridad a la aparición de nuevas normativas.  Otras muchas están expedientadas y sin resolver. 



-         ¿EN QUÉ COSAS ME DEBO FIJAR EN LA PRIMERA VISITA AL LOCAL?

Lógicamente no vais a contratar los servicios de un técnico para visitar los locales en alquiler y hacer un primer tanteo, pero sí os podéis fijar en aspectos generales que os encaminen hacia una elección adecuada.  El objetivo es ahorrar en las obras adecuación del local a las exigencias técnicas de la actividad (excluyendo las de decoración que hayáis previsto) y ocupar el menor espacio posible por dicha adecuación (rampas, pasillos, cuartos independientes para el aire acondicionado…).  Expongo a continuación algunas de las situaciones más comunes.

1- Escalones de acceso:

·         Si los hay, lo más económico es sustituirlos por una rampa.  El problema es que tanto el ancho de la rampa, como su pendiente máxima permitida suelen ocupar más espacio del que uno suele pensar (además de los descansillos inicial, final y, a veces, intermedios).

·         Fijaros si abajo hay un sótano, por ejemplo.  La solución más económica en este caso suele ser instalar una “plataforma salvaescaleras” (la pendiente de la rampa difícilmente cumplirá), pero os adelanto que de barato no tiene nada.

·         Por otra parte, si el local cuenta con varias plantas, probablemente necesitéis instalar un ascensor en su interior.

·         Cuidado si los escalones son de bajada, entonces hay que consultar la ordenanza municipal para comprobar si hay definidas restricciones de uso en sótanos y semisótanos.

·         Y si lo que pretendéis habilitar es un piso, habrá que comprobar si la portería de entrada está dotada de rampas y si además dispone de un ascensor (y de dimensiones determinadas).
PARA SABER MÁS:
·         Las medidas de rampas están definidas en el Código Técnico, pero puede ocurrir que determinadas normativas autonómicas o locales impongan alguna medida más restrictiva.



2- Altura libre entre suelo y techo.

·         Para la mayoría de actividades es suficiente con 2’50 m.  Pero por ejemplo, para la venta de pan es necesario que disponga de 2’70 m y si se trata de un pub esta altura aumenta (según autonomías).
CURIOSIDAD
·         Los que más sufren estas restricciones son los que montan una tienda de 24 horas: si no venden pan caliente, no entran clientes (me dicen) y lo cierto es que en locales pequeños (que son los que se ajustan a sus pretensiones y posibilidades) es difícil encontrar esta condición.

3- Aseos

·         Las medidas necesarias dependerán del aforo del local y de la actividad del mismo, pero en un primer vistazo puedo comprobar si la infraestructura existente la puedo aprovechar:
o    Para actividades relacionadas con la hostelería y el entretenimiento, necesitaré disponer de un mínimo de dos aseos, uno de ellos adaptado a minusválidos.
o    Para actividades destinadas sólo a venta en local individual será suficiente con uno, pero me puede ser exigido que cumpla la normativa de accesibilidad (minusválidos).
o    Para actividades de venta situadas dentro de un centro comercial pueden ser válidos los aseos generales. Y digo puede, porque me he encontrado un caso en el que no fue así: el proyecto de actividad del centro comercial debe haber previsto esa posibilidad y haber justificado así su dimensionamiento.

·         Otro punto a observar es si hay escaleras de acceso a los aseos, en cuyo caso es válido lo indicado en el primer apartado.

4- Otros detalles que pueden condicionar la aptitud del local.

·         Para hostelería: situación del tubo de salida de humos, porque en ese punto será dónde deba estar la zona de cocción, y por tanto, será un condicionante de la distribución del local (el tiro de la chimenea tiene que ser, según el Código Técnico, siempre vertical).
o    También debo chequear la salida de este tubo. El técnico ya me dirá si cumple las distancias mínimas a edificaciones próximas, pero puedo hacerme una idea de si el humo podrá molestar a alguna ventana cercana y si necesitaré prolongar dicho tubo (inversión con la que seguramente no contaba).

·         ¿Voy a poner aire acondicionado? Los aparatos cuentan con una unidad interior y otra exterior.  Lo ideal es que el edificio disponga de una cubierta de instalaciones y que en el edificio del local haya previsto un paso de conducciones hasta dicha cubierta
o    Si no es así, en función del tipo de aparato y de las restricciones municipales, el técnico estudiará la opción más viable, pero quizás sea menos sencillo de lo que se esperaba (excepto si en ese municipio no está prohibido poner la unidad exterior en fachada).



-         ¿NECESITO RECOGER MÁS INFORMACIÓN?

Efectivamente, además de la información que nos puede aportar la primera visita al local, hay otra serie de aspectos que también conviene conocer, y ya se sabe que: cuántos más datos manejemos, menor posibilidad de imprevistos.

Hasta ahora nos hemos centrado en los puntos más comunes de las características físicas del local, y de forma muy genérica, pero suficiente para que pueda ser de utilidad en un 80% de pequeños negocios.

La próxima publicación de este blog presentará la segunda parte de este artículo y en ella se expondrán más factores a tener en cuenta para acertar con la elección de un local comercial, así como las novedades más destacadas de las licencias express.  Os espero.


miércoles, 15 de febrero de 2012

Cómo elegir a un constructor

                 ¿Cómo puede ser que en Lorca, tras más de 6 meses desde el terremoto, apenas se haya creado empleo en el sector de la Construcción? Así lo afirma la edil de empleo de este municipio, según fue publicado en enero por la prensa escrita:

Os pongo en antecedentes:

      ¿De qué magnitudes estamos hablando?

En una primera estimación, se habló de que un 80% de las viviendas quedaron afectadas tras el seísmo. Y estamos hablando de una población de más de 90.000 habitantes y más de 30.000 viviendas (según el Instituto Nacional de Estadística).


      ¿Cómo se están financiando las reformas?

Por una parte, el Consorcio de Seguros abona a cada propietario afectado una indemnización. 


Para la valoración del daño, esta entidad envía un perito tasador al domicilio, quien procede a una valoración de los daños. 

Pensad una cosa, para un técnico, elaborar un presupuesto del coste de los daños es casi como hacer un proyecto de rehabilitación (debido al análisis pormenorizado del mismo y el tiempo que habría que invertir en cada vivienda).   Teniendo esto en cuenta y con el buen criterio de agilizar los trámites, el Consorcio ha permitido que los peritos recojan los presupuestos aportados por los asegurados o por las empresas que (en teoría) van a realizar las reparaciones (*).
(*) PARA SABER MÁS: Apartado 5 de la “Octava nota informativa sobre la actuación del Consorcio con motivo del terremoto de Lorca de 11-5-2011.


Por otra parte, como sabéis, se están recibiendo donaciones para colaborar en la reconstrucción de Lorca.  Para la gestión de estas ayudas a particulares también es habitual la presentación de un presupuesto.
(*) PARA SABER MÁS: Por poner un ejemplo, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia proporciona ayudas a los locales comerciales afectados, y entre la documentación que éstos deben presentar también se encuentra la de un presupuesto de las obras.


      ¿Están informados los vecinos de cómo deben proceder?

La página web del Ayuntamiento se ha convertido en el centro de información para cualquier actuación que necesite iniciar un ciudadano. Para ello ha habilitado una interfaz clara, sencilla, intuitiva y muy fácil de manejar. 
http://www.lorca.es/terremotolorca.asp


      ¿Qué problema se está dando en Lorca?

Deduzco que los propietarios de los inmuebles afectados no están siendo muy acertados con la elección final de las empresas que ejecutan sus reformas.  Según el recorte de prensa que he citado al principio, aparece publicado lo siguiente:
“La concejala de Empleo de Lorca, Eulalia Ibarra, hizo ayer un nuevo llamamiento a la contratación de empresas en regla para ejecutar trabajos de reforma en viviendas afectadas por los terremotos y advirtió de que realizar esas obras en la economía sumergida puede resultar muy caro a la hora de hacer la declaración de la renta”.
(…)
Por ello, reclamó a los ciudadanos que contraten para esos trabajos «a empresas lorquinas, empresas regularizadas y con todos los trabajadores dados de alta», subrayando que de esta forma se garantizarán «una obra de calidad y una factura con la que poder justificar el gasto».


¿Hay alguien que por esta publicación se esté echando las manos a la cabeza?

PREGUNTO. ¿A quién contratarían Ustedes para una reforma en su domicilio? ¿A “Fulanito” que lleva una cuadrilla y me fio de él porque es de mi pueblo? ¿O a una constructora consolidada?

POSIBLE RESPUESTA: Si es para la reforma de poca cosa, a “Fulanito” y si es para hacerme un chalet, a la constructora.

PREGUNTO. ¿No se le ocurre pedir varios presupuestos?; Y más importante que eso, ¿no se le ocurre pedirles que presenten la documentación en regla (ojo, tanto uno como otro)?

POSIBLE RESPUESTA: ¿Qué documentación? Además, si es para una pequeña reforma, me da hasta vergüenza. ¿Cómo le voy a pedir a “Fulanito” que me facilite los datos de su empresa?

RESPONDO YO:
      Lo mínimo que debe hacer un propietario es informarse, porque al contratar una obra, por pequeña que sea, se convierte en “promotor” y eso implica una serie de responsabilidades. 
      Es lógico, en función del tipo de obra, acudir a un tipo de empresa o a otro, pero lo que es ineludible es que ésta esté en regla. 
      Precisamente el Ayuntamiento de Lorca ha colgado en su web una Guía Básica de recomendaciones y obligaciones en las obras menores de reparación de viviendas y locales, que recomiendo consultar a todo aquél que vaya a iniciar cualquier tipo de reforma en su casa.

Fuente de la imagen: web Ayuntamiento de Lorca

Si os parece, tomo de excusa esta noticia sobre las obras “en negro” y os cuento hoy la importancia de realizar las reformas "en regla".  Y me centro en las reformas, porque éstas se dan normalmente de puertas adentro, muchas veces sin necesidad de proyecto (simplemente con permiso de obra menor) y por ello, el control sobre la legalidad de las mismas se hace más complicado.



Hablemos de ingeniería para la excelencia en las obras de reforma:
          
       Y como este blog tiene vocación didáctica, además de optimista, lo que trataré será de explicarles las ventajas de contratar las obras de forma totalmente legal:


1.     Si el constructor me entrega la documentación que justifica que es solvente y que no tiene deudas, y por ejemplo:
      Tendrá mayores facilidades para hacerse con suministros de materiales o alquileres de maquinaria (hoy todo el mundo quiere garantías) y el plazo de ejecución no sufrirá retrasos innecesarios.
      Tendrá capacidad para pagar a sus trabajadores y subcontratistas puntualmente, y trabajará con los mejores colaboradores, que son los que quiero que realicen el trabajo en mi vivienda.


2.     Si me aseguro de que el constructor tenga un seguro de responsabilidad civil, por ejemplo:
      Quedarán cubiertos los daños materiales y/o personales que se puedan producir durante la ejecución, e incluso los posteriores por daños ocultos, con lo cual estará asumiendo su responsabilidad en caso de suceso.


3.     Si contrato las obras de forma legal, podré solicitar a su Servicio de Prevención que me facilite la documentación relativa a seguridad y salud laboral:
      Es importante ser consciente de lo siguiente: un particular se convierte en promotor a efectos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Y si el promotor contrata directamente con trabajadores autónomos, se convierte en contratista, y queda sujeto, por incumplimiento de sus obligaciones en esta materia, a responsabilidades administrativas, civiles y penales.
      Podré comprobar que todos los trabajadores están dados de alta en la seguridad social y que cumplen los requisitos mínimos para trabajar en obras de construcción.
      Podré comprobar que toda la maquinaria y herramientas cumplen la normativa CE y que cuentan con todos los dispositivos de seguridad requeridos.


4.     También tendré ventajas relacionadas con el medio ambiente:
      Los residuos procedentes de las obras de construcción y demolición generados en mi vivienda podrán ser llevados a un vertedero legal, puesto que el constructor podrá justificar su procedencia y podrá obtener los permisos para el depósito de los mismos en dicho vertedero.


5.     La entrega de una factura, en concepto de la realización de unos trabajos, en el momento en el que realizo el pago de los mismos constituye una garantía.
      Es un documento que justifica los trabajos efectuados y que se convierte en una prueba imprescindible para cualquier reclamación.


6.     Posibilidad de pactar un compromiso de un período de garantía, según convengan las partes.
      Tanto por si se producen defectos en la construcción, como para vicios ocultos.


Por otra parte, obtendré ventajas adicionales si la empresa constructora está especializada en rehabilitación, trabaja habitualmente con las administraciones públicas y le preceden años de experiencia y trabajo bien hecho:

Fuente de la imagen: Symetra

7.     Garantía de su experiencia, si ésta dispone de la clasificación K-7 “Restauración de bienes inmuebles histórico-artísticosde la Clasificación de empresas contratistas de obras.
      Esta clasificación supone un signo de la solvencia como empresa en el sector de la rehabilitación.
      PARA SABER MÁS: La clasificación de empresas es un requisito imprescindible para contrata con cualquier Administración Pública (nacional, autonómica o local) cuando el importe de la obra es igual o superior a 350.00 €


8.     Garantía de su compromiso en calidad, medio ambiente y prevención de riesgos laborales, si ésta dispone de las certificaciones ISO 9001, ISO 14001 y OSHAS 18001, respectivamente.
      La empresa certifica así su respeto por el medio ambiente, su compromiso con la seguridad y la salud de sus trabajadores, y la gestión de la calidad en todos los procesos que lleva a cabo.


9.     Respaldo de un técnico superior en prevención de riesgos laborales
      El técnico de prevención de la constructora, comprobará, además de que toda la documentación está en regla y de que los procedimientos son los adecuados, que los equipos de protección, los andamios, y el resto de medios, están homologados y son los adecuados y suficientes para el trabajo que se está llevando a cabo.


10.  Respaldo de un equipo técnico de profesionales cualificados.
      En este caso podré contar con especialistas en las distintas materias y siempre que aparezca un imprevisto, contaré con soluciones consensuadas y posiblemente probadas por su experiencia.
      Si la constructora cuenta con departamento de estudios, podrá ofrecer un estudio de la obra con la sucesión estimada de actividades y el plazo de cada una de ellas, quedando previsto de este modo el plazo total de los trabajos.
      Además este estudio de la obra, junto con un análisis desglosado del presupuesto, minimiza las posibilidades de la aparición de los imprevistos sobre la marcha, lo que siempre beneficia al propietario.

En definitiva, todos nosotros, antes o después, nos vemos metidos en algún tipo de reforma y el problema es que muchas veces no le damos la importancia que realmente tiene.  Como vemos, no se trata sólo de pedir un par de presupuestos y quedarnos con el más barato.

Hoy en día elegir al constructor más competitivo es elegir a quien nos ofrece un presupuesto sin ambigüedades, una calidad técnica justificada (por ejemplo lo que contaba del control de plazos o un presupuesto detallado, que demuestra el conocimiento de la obra), y unas garantías del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, civiles y de prevención de riesgos laborales.

Por último, contaros que pasé un fin de semana en Lorca a finales de 2010, en el que visité la mayor parte de sus monumentos.  No sólo me encantó, sino que además me sorprendió su riqueza histórica.  Es una ciudad con un patrimonio muy valioso y merece que no nos olvidemos de ella.  Todavía queda mucho por hacer y yo creo firmemente que se va a hacer bien.  ¡¡Todos con Lorca!!

http://www.laopiniondemurcia.es/municipios/2012/02/13/lorca-convoca-concurso-ideas-parque-tematico-castillo/385039.html
Fuente de la imagen: web Ayuntamiento de Lorca