miércoles, 30 de diciembre de 2015

CÓMO INTERPRETAR LA CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DE UNA VIVIENDA (III): PREGUNTAS FRECUENTES.

QUÉ SABEMOS DE LOS CERTIFICADOS ENERGÉTICOS


  • En el primer artículo de esta serie (I- Obtener una calificación realista) vimos una serie de conceptos generales sobre los elementos que influyen en la calificación de una CEE.
  • En el segundo artículo (II- Cómo leer una CEE), quisimos ser prácticos y nos pusimos a analizar lo más destacado de un certificado.


Hoy, retomaremos las consultas con las que estrenamos esta serie y las ampliaremos, intentando dar respuesta a las inquietudes que, como propietarios de una vivienda y COMO PETICIONARIOS DE CEE, os surgen con mayor frecuencia.


También aprovecho para aclarar que desde el principio nos hemos centrado en viviendas simplemente por hacer más sencilla la exposición.  Muchos de vosotros regentaréis además locales comerciales y os preguntaréis si hay mucha similitud.  La verdad es que la idea global es la misma, quizás destacaría como diferencia que para uso terciario sí se tiene en cuenta la iluminación y de que se puede admitir la ausencia de agua caliente sanitaria (por ejemplo, un restaurante la deberá tener, pero en una papelería puede no figurar).  
Fuente de la imagen: http://www.bestpisos.es

PREGUNTAS Y RESPUESTAS


  1. ¿Estoy obligado a encargar un certificado energético para mi vivienda?
  • Al día de hoy, la obligación de disponer de una CEE registrada para una vivienda se ciñe a los supuestos de venta y alquiler.
    • Un matiz para el caso de alquiler: si se trata de una prórroga (obviamente con contrato anterior al 1 de Julio de 2013) no habría esta obligación.
    • Tampoco se está obligado para alquileres estacionales (si la vivienda está alquilada menos de 4 meses al año).
  • Sí recomiendo la CEE en el caso, por ejemplo, de que quieras conocer tus consumos, o de que quieras empezar una reforma y, a la vez, estés interesado en introducir medidas de eficiencia energética.


  1. Acabo de comprar un piso de segunda mano y lo que me entregan es una CEE y un justificante de registro. ¿Tengo que reclamar la ETIQUETA al anterior propietario?
  • Para aclarárselo también al resto de nuestros lectores, el justificante que citas es el de inscripción en el registro de certificados en la comunidad autónoma donde está ubicado el inmueble.  Y es cada Comunidad Autónoma quien emite la etiqueta.
  • El justificante de inscripción en el Registro de Certificados de la correspondiente comunidad autónoma tiene la MISMA VALIDEZ que la etiqueta.
  • Incluso, si el documento aportado es una instancia sellada en un organismo público de otra comunidad autónoma (ventanilla única), sería igualmente valido.  
    • Primero una consideración: En la mayoría de las Comunidades, el registro es telemático, pero todavía hay algunas donde debe realizarse de forma presencial: Extremadura, Ceuta, Melilla, Asturias, Cantabria y Aragón.
    • Y ahora pongamos un ejemplo: Si resido en Madrid y la vivienda que voy a vender está en Asturias, puedo realizar el trámite ante la Administración a través de una Ventanilla Única.  Para ello redactaré una instancia, que presentaré en la Ventanilla Única del Ayuntamiento de Madrid pidiéndole a este ayuntamiento que haga entrega de mi documentación a la Consejería correspondiente del Principado de Asturias. Esa instancia con el sello de haber sido presentada (que lo será en el Ayuntamiento deMadrid) tiene la misma validez que la etiqueta.
    • Otra aclaración: la presentación en el registro es obligación del propietario. Pero puede delegar dicha obligación en el técnico, firmándole para ello una autorización (normalmente se hace junto con la nota de encargo del trabajo, para mayor comodidad del propietario).


  1. He hablado con un vecino de mi edificio, los dos tenemos etiqueta de nuestra vivienda y resulta que a él le sale una “E” y a mí una “G”. ¿Puede ser eso posible?
  • Por supuesto que sí.  Un ejemplo de posibles causas serían:
    • Que cada uno dé a una calle distinta.  En ese cambio las orientaciones cambian.  Recordad que a norte no da el sol en prácticamente todo el día, mientras que si da a sur el piso está gran parte de la jornada soleado.
    • Que uno de ellos esté ubicado en la última planta, debajo de la cubierta, y el otro esté entre dos plantas de viviendas.  El primero de ellos estará más afectado por las condiciones climáticas que el segundo.
    • Que dispongan de combustibles distintos para agua caliente (por ejemplo gas butano uno de ellos y el otro, electricidad).  Emiten más CO2 las resistencias eléctricas que otro tipo de combustibles.
    • Por el mismo motivo, que dispongan o no de sistemas de calefacción y refrigeración, y el tipo de combustible de cada uno de ellos.


  1. Me han entregado la CEE de mi vivienda y no veo que esté incluida la producción de calefacción aportada por la chimenea, ¿no debería estar incluida?
  • La respuesta que tengo para esta pregunta no es contundente.
    • Os explico porqué: en el programa informático, homologado para el cálculo de la CEE de edificio terminado, no está expresamente incluida la chimenea.
    • En foros técnicos hay debates sobre la conveniencia o no de incluir la chimenea, que se tendría que hacer bajo otro concepto más o menos similar (lo más parecido en el programa es “caldera” o “equipo de rendimiento constante”).  En lo que sí hay más acuerdo es en considerar a la madera como biomasa.
    • Otro problema con el que nos encontramos es la definición del rendimiento y de la potencia.
  • En mi opinión, es indudable que es un sistema de calefacción y por lo tanto creo conveniente incluirlo.  Incluso se puede acotar la superficie de la vivienda a la que afecta (en el caso de que sea sólo el salón, por ejemplo).  En cuanto al rendimiento, el técnico puede hacer una estimación aproximada y justificarlo en el apartado final de pruebas y comprobaciones.
  • Puede ocurrir que a la chimenea no se dé uso y se tenga como elemento decorativo.  Podría no incluirse.  En todo caso, yo recomiendo que el técnico explique en el último aportado las decisiones que toma o las peculiaridades con las que se encuentra.


  1. Tengo una vivienda en obras y he encontrado un comprador que ha decidido terminar él mismo la reforma. ¿Tengo que presentar CEE?
  • De nuevo estamos ante un caso cuya respuesta no es contundente.
  • El propio Ministerio nos da unas pautas poco concretas al respecto, que transcribo:
    • Sólo aquellos edificios comprados para demoler o para realizar una reforma importante están exentos, el resto tienen la obligación de obtener el certificado de eficiencia energética.
    • Reformas importantes son aquellas donde:
      1. se renueve más del 25 por ciento del total de su envolvente,
      2. o la totalidad de las instalaciones térmicas
      3. o se cambie el tipo de combustible.
  • En cuanto al primer punto, ¿cómo se renueva una envolvente?.  
    • Casi que garantizado con un más del 25% cuando lo que se instala o renueva es el aislamiento térmico de las paredes y techos.  
    • En el caso de renovar ventanas o similares, tendremos que acudir al cálculo de superficies de paredes, y otros elementos de la envolvente si los hay, y ver si la superficie de las ventanas supera el 25%.  
  • En cuanto al segundo punto, un ejemplo sería tener estufas eléctricas y poner una instalación de radiadores alimentados con gas natural o gasoil.  No quedaría exento, por ejemplo, poner una chimenea en el salón (porque se supone que el resto de estancias necesitan en algún momento de, al menos, una estufa eléctrica).
  • Y en el tercer punto, entiendo que se trata de cuando el tipo de combustible afecta al agua caliente sanitaria.
  • En definitiva, y dando respuesta a la pregunta, se puede hacer una CEE de una vivienda que no sea habitable.  No se mide si tiene los sanitarios o no, o si está a medio pavimentar.  Lo que se mide es la emisión de CO2 a la atmósfera que genera su uso.
    • En el caso de viviendas de nueva construcción la CEE se redacta junto con el certificado final de obra.  En este apartado se incluyen expresamente las reformas.


  1. He encargado una CEE y el técnico me ha entregado el documento en pdf por correo electrónico. ¿Necesitaría el documento con su firma original? ¿O visado?
  • Nuevamente no puedo contestar con rotundidad, pero sí puedo afirmar que no conozco a ningún notario que no haya admitido el pdf.
  • En relación al visado, no está exigido, pero sí el técnico certificador debe estar colegiado.
  • Lo que sí es importante es que la CEE vaya acompañada de la etiqueta,o en su defecto, del justificante de la presentación en el Registro de certificados energéticos de la Comunidad Autónoma correspondiente.  Cuando la presentación es telemática, que lo es la mayoría de los casos, en la solicitud del registro suele venir un número identificativo para su comprobación en internet.


  1. ¿Hay que pagar tasas para solicitar el Registro de la CEE?
  • Cada Comunidad Autónoma establece sus propias reglas.  Al día de hoy, Andalucía, País Vasco, Navarra o Madrid son gratuitas.  Castilla y León es de las más caras, con casi 30 € por vivienda o local.  Comunidad Valenciana y Cataluña, incluso Galicia que depende de la superficie, están por los 10-11 €.  Castilla La Mancha y La Rioja están alrededor de 16 €.  
  • En definitiva, tanto las tasas como los requisitos y la forma de los registros es totalmente distinto según la Comunidad Autónoma de que se trate.


CONCLUSIÓN


Como podéis ver, este tema da para mucho.  He intentado focalizar la consulta al ciudadano de a pie e igualmente, he intentado elaborar las respuestas de la forma más entendible posible. Estamos ante un asunto que toca directamente al bolsillo, y que ni siquiera lo hace por igual según vivamos en una región y otra.
Pero me conformo con activar la fibra sensible que todos llevamos dentro y que nos mueve a contribuir con lo tenemos disponible, esos pequeños gestos de los que hemos hablado en el anterior artículo de esta serie, para hacer que nuestros descendientes hereden el mejor entorno medioambiental posible.  Me conformo con que os volváis cada día un poco más optimistas.

domingo, 29 de noviembre de 2015

CÓMO INTERPRETAR LA CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DE UNA VIVIENDA (II): CÓMO LEER UN CERTIFICADO

CALIFICACIÓN “E” PARA EL 80% DE LOS INMUEBLES

Empecemos con un dato: El 80% de los inmuebles certificados hasta ahora ha obtenido una “E”. Y es que ya se ha realizado CEE sobre 1,5 millones de inmuebles desde junio de 2013 (inicio de la obligación).

http://www.dparquitectura.es/noticias/20151109/idea-ahorro-energetico-certificado

Destacaría de este enlace una reflexión, que parafraseo:

  • “Podríamos pensar que tener una calificación energética A en nuestra casa es fácil, pero sólo un 0,7 % de los edificios la tienen.
  • Sin embargo, si vamos a comprar una lavadora o un frigorífico lo normal es que sean de clase A porque la evolución tecnológica ha llevado a que más del 80% de los electrodomésticos que se vendan sean del máximo nivel de eficiencia, mientras que en el caso de los edificios la situación es muy diferente. La clasificación es similar pero no son comparables.
  • Alcanzar una calificación A en una casa requiere de un buen diseño y orientación, instalaciones de alto rendimiento, un correcto aislamiento de la fachada y cubierta, contar con buenas ventanas bien sombreadas en verano y aprovechar lo máximo posible las energías renovables activa y pasivamente.
  • Es una obligación impuesta por la Directiva 2010/31/UE el que a partir del 31 de diciembre de 2020, los edificios que se construyan sean de consumo de energía casi nulo”.


CONCEPTOS PREVIOS

En Ingeniería para Optimistas nos hemos propuesto acercar el concepto de CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DE UNA VIVIENDA a nuestro público, personas implicadas en la conservación del medio ambiente y que no tienen una formación técnica específica, pero que no por ello dejan de tener interés en aprender y de estar al día de temas que nos pueden afectar.
 
Ya hemos aprendido, por nuestro artículo anterior, cuáles son los datos más relevantes que se tienen en cuenta para la redacción de una CEE de un edificio existente, recordemos:


Hoy os invito a dar un paso más: LEER UN CERTIFICADO.  Por supuesto que lo vamos a hacer desde una óptica sencilla, nuestro objetivo es que, cuando nos encontremos con una CEE, no nos parezca un documento ilegible, sino que podamos hacer unas mínimas comprobaciones e interpretar los datos más relevantes.


LEER UNA CEE




PORTADA
IDENTIFICACIÓN DEL EDIFICIO:

  • El edificio queda identificado con la referencia catastral, pero además vienen definidos los datos postales.
  • Además incluye: Año de construcción o de la última reforma importante, normativa que estaba vigente en ese momento y la zona climática a la que pertenece el municipio donde se ubica el inmueble.

CALIFICACIÓN ENERGÉTICA OBTENIDA:

  • Es el dato que aparecerá en la ETIQUETA ENERGÉTICA.

A TENER EN CUENTA:

  • No figuran los datos del propietario, aunque sí quedan registrados en el programa.


ANEXO 1: Descripción de las características energéticas del edificio


SUPERFICIE, IMAGEN Y SITUACIÓN:

  • SUPERFICIE ÚTIL: A diferencia de la superficie “construida”, es la que no incluye el espacio ocupado por la tabiquería. En ningún caso se tienen en cuenta las terrazas descubiertas y sólo el 50% de las terrazas cubiertas que sólo tengan 1 o 2 paredes (imaginaos un porche)
ENVOLVENTE
  • CERRAMIENTOS OPACOS Y HUECOS Y LUCERNARIOS: Se obtiene a partir mediciones realizadas por el técnico y de las características constructivas de cada elemento. En el programa se detallan todos los datos, pero en el informe que se obtiene impreso, la información, como podéis ver, resulta muy “escueta”.  Simplemente que sepáis en qué consiste (y si veis algún número que os llama la atención, pedidle a vuestro técnico que os lo explique).
INSTALACIONES TÉRMICAS: 
  • Aparecen calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria.  Os preguntaréis por la iluminación, pero no hay obligación de incluirla para uso residencial (que sí para terciario, como los locales comerciales), debido a su poca repercusión en el índice de eficiencia energética.
A TENER EN CUENTA: 
  • Para el caso de CEE para edificio terminado, si el técnico no cuenta con el proyecto de construcción o, al menos, una memoria de calidades, las características constructivas sólo las puede definir de manera “estimada”, en función de la normativa de aplicación. Por eso os podéis encontrar las indicaciones “por defecto” o “estimado”. Es perfectamente válido.


ANEXO 2: Calificación energética del edificio.

Recordaréis que ya nos aparecía en la portada, pero este anexo contiene información más específica.   Destacaría dos datos:

CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DEL EDIFICIO.
  • Éste es el valor de la letra que aparece en la etiqueta energética (y el de la portada del certificado).
  • Es un índice que representa las emisiones globales a la atmósfera de dióxido de carbono.  Viene medido en KgCO2/m2·año.
  • Si este valor se multiplica por la superficie útil, se obtendrá el valor absoluto de emisiones anuales de la vivienda certificada.
CONSUMO DE ENERGÍA
  • Igualmente, es un índice. Y representa la suma de los consumos en calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria (ACS). Viene medido en KWh/m2·año.
  • Multiplicando este valor por la superficie útil, se obtienen los KW consumidos por la vivienda al año.
  • Os apunto también que a la derecha del recuadro rojo de la imagen, tenemos los datos de los indicadores de consumo parcial para calefacción, refrigeración y ACS. El último recuadro es el de la iluminación, que recordaréis que en viviendas quedaba sin completar.

A TENER EN CUENTA
  • Los KW del consumo global de energía primaria,  no tienen por qué coincidir con el consumo eléctrico.  (Por ejemplo una vivienda puede tener radiadores de gas natural, pero también aire acondicionado con bomba de calor, y usar uno u otro en función de la época del año).  Dependiendo de las fuentes de energía que tenga la vivienda, podremos hacer un cálculo más o menos aproximado de lo que consume.  Por si os apetece poneros con este cálculo, os dejo un artículo de otro compañero, Javier Toro, donde queda muy bien expresado:





ANEXO 3: Recomendaciones para las emisiones de la eficiencia energética

Estas recomendaciones representan lo que denominamos “mejoras”, es decir, qué cambio puedo introducir para conseguir mejorar la calificación de la vivienda.

En el siguiente gráfico os señalo donde podéis encontrar la nueva calificación energética y dónde queda descrita. 

  • Como mínimo es obligatorio presentar una mejora. En este ejemplo se han planteado dos de ellas.
  • Cada mejora puede contener una o varias medidas. En este ejemplo sólo hay una medida por mejora. (Por ejemplo, una suma de dos medidas podría ser: sustitución de vidrios por otros más aislantes + toldo en las ventanas orientadas al sur).

A TENER EN CUENTA:
  • Las recomendaciones planteadas por el técnico deben ser ECONÓMICAMENTE VIABLES. El técnico no está obligado a hacer una valoración económica, pero sí a que sea factible su realización.
  • Un ejemplo de medida inviable: recomendar una caldera de biomasa para un piso de un edificio antiguo.  Además de la inversión, el edificio necesita contar con un cuarto de instalaciones específico para tal fin y lo normal es que ni siquiera cuente físicamente con ese espacio.
  • En nuestro ejemplo he puesto una medida “trampa”: aislamiento la cubierta.  Y lo es porque la vivienda pertenece a un bloque, y en estos casos la cubierta pertenece a la comunidad de propietarios.  Un caso como éste, además de no deber ir como recomendación única, ha de incluir una advertencia por parte del técnico (en el Anexo 4), en la que se aclare que esta obra está sujeta a su aprobación por parte de la Junta de Propietarios.   Por ello, antes de incluirla, el técnico debe contar con la información que le ofrezca el propietario (puede ser que esté previsto la realización de obras en la azotea).  En el caso de un chalet, no habría problema con la propuesta de esta medida.


ANEXO 4: Pruebas, comprobaciones e inspecciones realizadas por el técnico certificador.
  • Es la última página de la CEE.
  • Normalmente incluye un contenido genérico relativo a lo inspeccionado en la visita y a los datos con los que cuenta el técnico (memoria de calidades o proyecto, o pruebas como termografías, o simplemente la inspección visual).
  • Pero también encontraréis información interesante. Un par de ejemplos:
o    La advertencia sobre el permiso de la Junta de Propietarios para realizar la mejora del aislamiento en cubierta (lo visto en el apartado anterior).

o    Si no hubiera caldera o calentador, las características de la que se ha incluido en el certificado (la vivienda para ser habitable, tiene que disponer de agua caliente. Si no hubiera (caso más frecuente de lo que podáis imaginar), el técnico debe presuponer una para poder hacer la CEE).
  • En definitiva, se trata de un espacio donde el técnico puede ampliar la información que estime oportuna y que, en mi opinión, debe utilizar además para dejar constancia de cualquier aspecto singular que se haya podido encontrar en la elaboración de la CEE.


CONTINUARÁ

Espero que con este post desterréis de vuestra mente que la CEE es un documento “abstracto”.  Como veis, no hemos tratado tanto de profundizar en aspectos técnicos, sino de extraer cuatro ideas y de saber cómo utilizar esa información.

Y la podemos utilizar detectando dónde se produce nuestro mayor consumo energético, y a la vez, tomar decisiones para optimizar el ahorro económico de nuestra vivienda.

Y como además de optimistas, tenemos una vena ecologista, debemos ser conscientes de que con estas medidas contribuimos a la disminución de gases invernadero a la atmósfera y a la conservación del medio ambiente.

Aprovecho y os recuerdo una serie de pequeños hábitos para ello.  Como siempre, nuestro granito de arena:
  • Controlar la duración y temperaturas de calefacción y refrigeración.
  • No desperdiciar agua caliente.
  • Comprar electrodomésticos eficientes.
  • Ir introduciendo aislamientos en nuestra vivienda, a la medida de nuestras posibilidades.
  • Y para los que queráis ahondar un poquito más, os dejo un artículo publicado en El País con más técnicas para ahorrar en calefacción Uso eficiente de la calefacción
En el próximo artículo, aprovechando lo que ya hemos aprendido, plantearemos una ronda de preguntas y respuestas frecuentes que concluyan de forma amena esta serie sobre las CEE.

martes, 27 de octubre de 2015

CÓMO INTERPRETAR LA CEE DE UNA VIVIENDA (I): OBTENER UNA CALIFICACIÓN REALISTA.

BONIFICACIONES EN EL IBI POR LA CLASIFICACIÓN ENERGÉTICA DE UNA VIVIENDA

Según el diario Expansión, en su artículo del 28 de septiembre, el Ministerio de Hacienda permitirá a los ayuntamientos rebajar hasta un 20% el IBI para los edificios que sean más eficientes en términos energéticos. 

¿Qué significa esto? Viene a decir que según la letra que aparezca en la etiqueta energética de tu vivienda (y en espera que se desarrolle la correspondiente ordenanza municipal), el descuento será progresivamente mayor desde la menos eficiente, la “G” (que parece que junto con la “F” se queda fuera de la bonificación), hasta la “A”, que es la más eficiente (y que podrá disfrutar de ese 20%).

-       Pues resulta que yo no dispongo de certificado porque no voy a vender mi piso. ¿Me van a obligar a encargar uno? ¿Me conviene adelantarme a ello?
-       Pues acabo de comprar un piso de segunda mano y lo que me entregan es un certificado y un registro. ¿Tengo que reclamar la etiqueta?
-       Pues he hablado con un vecino del mismo edificio, los dos tenemos etiqueta y resulta que a él le sale una “E” y a mí una “G”. ¿Puede ser eso posible?


Si os parece, empecemos desde el principio.  Vamos a intentar, como siempre, entender algunos “porqués”.  También vamos a aprender a interpretar lo esencial de una CEE, a saber detectar qué aspectos están en nuestras manos para que la calificación sea lo más realista posible, a saber que podemos y debemos participar en la definición del certificado… Ni más ni menos, que a tomar conciencia de ese “granito de arena” con el que podemos contribuir a la sostenibilidad, esta vez a través del ahorro energético.  Vamos a ello.



INTRODUCCIÓN.
·         OBLIGACIÓN DE PRESENTAR UNA CEE REGISTRADA

Desde mediados de 2013 el vendedor o arrendador de una vivienda tiene la obligación legal de entregar el correspondiente certificado de eficiencia energética, “válido, registrado y en vigor, al comprador o arrendatario” de la misma.  (La entrega de esta documentación tiene lugar en la notaría).


Para muchos propietarios ha sido difícil el comprender esta obligación como un mero gasto: Se han encontrado con que por una parte hay que pagar ese certificado a un técnico colegiado y por otra parte, en muchas comunidades autónomas, incluso hay que pagar una tasa regional. 

La realidad es que la base de esta normativa viene marcada por la Unión Europea, que la ha concebido con el fin último de REDUCIR LA CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA. ¿Y cómo lo ha planteado?

-       Haciendo que se ponga a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un documento sobre la eficiencia energética de su inmueble  y valores de referencia, para que éstos puedan compararla y evaluarla.

-       Pretendiendo de esta forma favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro y energía.

-       Haciendo que se dé información sobre las emisiones de CO2 por el uso de las energía proveniente de fuentes emisoras en el sector residencial.

-       Facilitando, con toda esta información, la adopción de medidas para reducir las emisiones y mejorar la calificación energética de los edificios.

Sabéis que Europa trabaja elaborando una legislación más o menos genérica (“Directivas”) en su propio Parlamento, que afectan a todos sus miembros y que éstos tienen la obligación de transponerlas y desarrollarlas a su ordenamiento jurídico.  (Así surgió hace ya años con la prevención de riesgos laborales y continuamente con otros tantos asuntos de más o menos repercusión mediática).  En España esta Directiva (Directiva 2010/31/UE) se ha traducido en el RD 235/2013 y en la Ley 8/2013.  El Registro de los Certificados ha quedado delegado en las Comunidades Autónomas (de ahí la diferencia de tasas y exigencias para su inscripción en estos Registros, que son quienes expiden en última instancia las Etiquetas).


CONCEPTOS GENERALES I:
·         DIFERENCIAS ENTRE LA CEE DE UNA VIVIENDA NUEVA Y LA DE UNA VIVIENDA EXISTENTE.

¿A dónde voy a parar? A que el rigor de la calificación obtenida con el método simplificado para viviendas existentes está directamente relacionado con los datos que detecta el técnico, pero también con los hábitos del usuario de esa casa.   Hago esta distinción porque en este artículo me voy a orientar más en las viviendas existentes.

Y os explico someramente porqué.
-       Vivienda nueva: Datos precisos.
o   A la vez que se redacta el proyecto, se prepara el certificado de eficiencia energética.  Esto significa que el arquitecto cuenta con las especificaciones técnicas de todos los materiales que intervienen en la evaluación.
o   En cuanto a la evaluación en sí, se realiza a través de aquellos programas homologados por el IDAE (Instituto para la diversificación y ahorro de la energía) que permiten un estudio exhaustivo y minucioso de los factores que intervienen en la calificación. (El más completo es “CALENER”).
-       Vivienda existente: Datos estimados.
o   Normalmente no se conoce con exactitud el material de las paredes, entre otros, y el técnico trabaja en base a los materiales que se exigían según la normativa vigente (en función del año de aplicación)
o   El programa utilizado también está homologado por el IDAE, pero este Instituto nos permite usar una versión simplificada, en la que los datos que introducimos no necesitan estar definidos técnicamente al 100%, puesto que no se tiene constancia fehaciente de ellos. (Yo uso “CE3X”).




CONCEPTOS GENERALES II:
·         DATOS QUE INTERVIENEN EN LA EVALUACIÓN DE UNA CEE

Datos situacionales:
  • AÑO DE CONSTRUCCIÓN.

-       O de la última reforma importante. Va ligado a la normativa de aplicación en ese momento y a las calidades mínimas que para los materiales de construcción estaban exigidos en ese momento.

  • ZONA CLIMÁTICA:

-       Viene tabulada en el código técnico de edificación en función de la provincia y la altitud. (Como dato curioso, todos los municipios de León están incluidos en la misma categoría, pero en Granada nos encontramos hasta 6 zonas climáticas diferentes).

  • ORIENTACIÓN:

-       Sabéis que, por ejemplo, las fachadas orientadas a  norte puro, no reciben directamente la luz del sol en todo el día.  En Almería puede ser una muy buena solución energética para estar fresquito, pero, al contrario, en Zamora, donde el invierno es más intenso y prolongado, va a suponer un mayor ahorro si mi casa está mirando al sur.  Este factor también se tiene en cuenta en la evaluación (incluso se tienen en cuenta las sombras producidas por los edificios de enfrente, o por fachadas enfrentadas, como ocurre en los patios de luces).


Datos constructivos:

  • SUPERFICIES:
-       ÚTIL DE LA VIVIENDA: Básicamente, es la que se obtiene en una vivienda descontando muros y tabiquería.  (La que podríamos pisar).
-       DE LOS ELEMENTOS DE LA ENVOLVENTE: A continuación se explica con unos ejemplos.

  • ENVOLVENTE. Entre otros:
-       Paredes con el exterior (si son de doble ladrillo; si disponen aislamiento térmico; si son de ladrillo, o de hormigón o de piedra;  si tienen más o menos espesor,…).
-       Ventanas (si son de doble acristalamiento; si hay doble ventana; de qué material están construidas,…).
-       Cubiertas (si disponen de aislamiento; en el caso de las inclinadas, si hay un espacio intermedio entre el falso techo y el tejado, si hay lucernarios,…).
-       Suelos (si debajo hay un garaje, local comercial o forjado sanitario; o si está cimentada directamente sobre el suelo,…).

  • INSTALACIONES. Entre otras:
-       En todo caso, siempre definiremos la fuente de energía utilizada (butano, gas natural, electricidad,…).
-       Caldera de agua caliente. (Necesitamos conocer, como mínimo, la potencia y antigüedad, además del volumen en caso de contar con acumulador (en el caso de los calentadores eléctricos)).
-       Sistema de calefacción (si es compartido con la caldera, o con el aire acondicionado, o si funciona con estufas eléctricas…).
-      - Sistema de refrigeración (si dispone de ello y el tipo.  El sistema más frecuente en una vivienda es el aire acondicionado).
-      -  Sistemas de contribución energética.  (En el caso de disponer de placas solares estaremos hablando de energía solar fotovoltaica; también están empezando a implantarse los sistemas con biomasa; y menos frecuentes para viviendas particulares son los sistemas de energía geotérmica y solar térmica).
-     -  Sistemas de iluminación.  Su repercusión no se tiene en cuenta para el uso residencial, sólo en el caso de uso terciario (es decir, locales comerciales, de oficinas, de formación…).


Datos particulares:

  RELACIONADOS CON LA ORIENTACIÓN.  Entre otros:

-       Toldos y persianas: Además de indicar si se dispone estos elementos, el programa puede valorar en qué medida afecta el que en verano, por ejemplo, estén echados durante las horas de sol, una medida que muchos particulares tienen costumbre hacer para evitar que la vivienda se recaliente durante el día.


_ RELACIONADOS CON LAS INSTALACIONES. Entre otros:

-            Temperatura de la caldera: Cada vez más usuarios están concienciados de mantener la temperatura de la caldera lo más baja posible, lo suficiente para no tener que regularla con el grifo del agua fría.

-           Superficie de la vivienda afectada por la calefacción o refrigeración.  Por ejemplo, en la zona sur de Levante no es extraño encontrar quien, durante la mayor parte del invierno, sólo pone la calefacción un ratito por la noche y sólo en el salón.



OBJETO DE LA CONSULTA:
·       CÓMO OBTENER UNA CALIFICACIÓN REALISTA

Hasta ahora (y creo que no me equivoco  cuando digo que en la mayoría de los casos), cuando nos han pedido una CEE, hemos esperado a encargarla a última hora antes de acudir a la notaría (de ya para ya) y casi de lo único que nos hemos preocupado es del precio. También es cierto que pocos compradores se han decidido por una vivienda o por otra en función de la letra de la etiqueta.

Pero la cosa cambia cuando hay posibilidad de obtener una rebaja fiscal en función de la clasificación obtenida.  ¿En qué medida puedo yo influir, como peticionario de este documento, para mejorar la letra?

PARTICIPANDO.  Me explico: siendo consciente de que el técnico redactor certifica en base a los datos obtenidos de la inspección de la vivienda, tanto los que él ve, como los que recoge por parte del usuario.  Por tanto, cuanto mejor sea la comunicación técnica entre ambos, más ajustados serán los datos resultantes del certificado. O pongo un par de ejemplos:
  • -       Aportando, si las tengo, las especificaciones técnicas y fecha de compra de caldera, radiadores, aparatos de aire acondicionado y similares. 

ü  Mejor a menor antigüedad.
  • -       Informando al técnico de las costumbres de uso recogidas en el apartado anterior (“Datos particulares”). 

ü  Es interesante porque sólo el hecho de mantener algún grado más bajo la temperatura de la caldera, puedo conseguir que me mejore la letra.
(El técnico lo podría justificar con un simple formulario completado por el cliente (que simplemente se archiva con el expediente, no constituiría ningún anexo). 

-       ¿Tanto puede cambiar la letra?

Con el programa lo que obtenemos es un índice (un número)  y una escala de valores (que varía para cada circunstancia, para ninguna CEE es igual).  Según esto el programa establece, que por ejemplo, para índices inferiores a “4” la letra es “A”, si está entre “4 y 7” es “B”.

Mejor ver un ejemplo.  En el siguiente gráfico veremos la escala a la izquierda y el índice obtenido a la derecha.


Con la participación de la que hemos hablado anteriormente, dependiendo del escalón  en el que nos encontremos, ese índice puede llegar a bajar hasta moverse a un escalón más favorable. 

Somos optimistas, pero no ilusos. Si en mis manos está el afinar, lo deberé intentar y os animo a ello.  Habrá veces que será imposible.  Me he encontrado casos en los que, en una escala como la del gráfico superior,  me ha salido un valor disparatado, parecido a “80”, y después de darle “cien vueltas” me he tenido que conformar con plantear mejoras que difícilmente mejoraban la letra.  Pero eran viviendas deshabitadas y la verdad es que no suele ser muy normal.



CONTINUARÁ

¿Habrá finalmente rebaja en el IBI por la calificación energética de una vivienda? En Ingeniería para Optimistas confiamos en ello y espero que estas pautas os ayuden a obtener la mejor calificación posible.


En el siguiente artículo acabaremos dando respuesta a las cuestiones planteadas al principio, aunque algunas ya las podéis ir intuyendo.  Veremos qué datos interesantes podemos deducir de un certificado y cómo utilizar esa información para saber en qué medida necesitamos ahorrar en consumo y modificar nuestros hábitos para preservar el medio ambiente que nos rodea.